Las controversias constitucionales ya no se resuelven con una llamada desde Bucareli, la Corte hoy puede atraer los casos: Ministra Margarita Luna Ramos
Como parte del inicio del nuevo ciclo escolar de posgrados de la Universidad Ius Semper, la ministra Margarita Luna Ramos impartió la conferencia sobre la Facultad de Atracción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
En su charla, la jurista hizo un repaso de cómo han evolucionado los temas jurídicos en nuestro país y la importancia que ha ido cobrando la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrayendo los casos que son relevantes para sentar criterios jurídicos aplicables para todos.
“La controversia constitucional existía desde 1917, pero había caído en desuso. Sin embargo, con la reforma constitucional de 1994 se cerró un círculo para fortalecer la acción constitucional de atracción”, explicó.
Pero la ministra fue más allá y dio todo un contexto político y social que ha permitido que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), bajo la facultad discrecional de atracción como un medio excepcional de control de la legalidad con rango constitucional, pueda atraer asuntos que, en principio, no son de su competencia originaria.
Luna Ramos situó un antes y después de la década de los ochenta. Antes de esa época, dijo, algunos asuntos que eran catalogados como controversia constitucional se resolvían con una llamada desde la secretaría de Gobernación.
“A partir de la década de los ochenta empezó a permear una pluralidad política, lo que nos hizo ver que la controversia constitucional adquiere una importancia que no tenía”, enfatizó. Es decir, según Luna Ramos, cuando comienza a haber presidentes municipales, gobernadores y legisladores de diferentes ideologías, poco a poco la acción de controversia constitucional va ganando terreno con el único fin de lograr una justicia verdaderamente pareja.
Para que algún ministro, de cualquier de las salas, incluso el mismo presidente de la SCJN, atraiga un caso, basta con que alguna de las partes le solicite al Máximo Tribunal de Justicia de México ejercer la facultad de atracción. “Nosotros analizamos de qué trata el asunto y las razones que dan para ejercerla. Si se encuentran méritos suficientes, cualquier ministro la puede hacer suya”, detalla Luna Ramos.
Esta facultad permite que la SCJN también atraiga asuntos por oficio en los casos que considere, puedan ser importantes para generar política pública o inclusive, platicó, cuando llegan a ser casos muy mediáticos en los que los jueces y magistrados podrían ser presionados o inclusive amenazados. .
La ministra celebró que hoy en día las controversias ya no se resuelvan con una llamada desde Bucareli. “Ahora, en verdad somos nosotros los que tenemos la facultad de atraer y dirimir controversias constitucionales”.



